Consejo Regional de la Mujer
La Ley 22/2002, de 21 de noviembre, de Creación del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, establece en su artículo 9 que el Consejo Regional de la Mujer es el órgano consultivo y de participación del Instituto de la Mujer, remitiendo a un ulterior desarrollo reglamentario el régimen de funcionamiento.
Las funciones, composición y régimen de funcionamiento del Consejo Regional de la Mujer queda determinado en la Sección Cuarta del Capítulo I del Decreto 252/2003, de 29 de julio, por el que se regula la organización y funciones del Instituto de la Mujer.
En el artículo 14 del citado Decreto 252/2003, de 29 de julio, modificado por el decreto 211/2015 de 29 de julio, se regula la composición del Consejo Regional de la Mujer, recogiéndose que, de las 36 vocalías del consejo, tres corresponderán a representantes de asociaciones de mujeres con implantación y organización regional, seis vocalías a representantes de asociaciones de mujeres con implantación provincial y/o local, y una vocalía a una representante de las mujeres empresarias.