Distintivo de Excelencia

 

 

La Ley 12/2010, de 18 de noviembre, de igualdad entre mujeres y hombres de Castilla-La Mancha, en su artículo 44, regula el Distintivo de Excelencia en Igualdad de Género, una marca para reconocer a las empresas y entidades que destaquen por la implantación de planes o medidas de igualdad, durante al menos dos años, en el territorio de Castilla-La Mancha y cuya finalidad es reconocer públicamente la labor desarrollada por las empresas y entidades de Castilla-La Mancha a favor de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, estimulando así la implantación de políticas igualitarias.

 

Ser una entidad galardonada con el Distintivo de Excelencia en Igualdad de Género, conlleva obligaciones, entre las que destaca la obligación de mantener las condiciones que motivaron el otorgamiento del Distintivo de Excelencia y, también, conlleva una serie de derechos para las empresas y entidades distinguidas, como el uso de la marca con fines publicitarios y en el tráfico comercial, así como su valoración en la adjudicación de los contratos administrativos, en los términos establecidos en el artículo 34.2 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres de Castilla-La Mancha y, a los efectos de la obtención de ayudas y subvenciones públicas, según el artículo 35 de la mencionada Ley.

 

Este Distintivo es concedido por la Presidencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a propuesta del Instituto de la Mujer, quien controla su renovación y revocación. Corresponde al Instituto de La Mujer de Castilla-La Mancha impulsar y coordinar políticas para lograr la igualdad real y efectiva de mujeres y hombres en todos los ámbitos de su vida y, por tanto, en el ámbito laboral, político, económico, social y cultural.